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¿Qué tan estricto es el plazo de 30 días para una petición de revisión?

Completamente estricto. 8 U.S.C. § 1252(b)(1) da 30 días desde que la orden de remoción se vuelve final, las cortes no pueden extenderlo por ninguna razón, y una petición presentada el día 31 se desestima sin importar qué tan fuerte sea el caso. Cada orden separada lleva su propio reloj de 30 días.

Treinta días, sin excepciones

8 U.S.C. § 1252(b)(1) exige que la petición de revisión se presente a más tardar 30 días después de la fecha de la orden final de remoción. Eso significa 30 días calendario desde la decisión de la BIA — no desde que la persona se enteró, no desde que llegó el correo, no desde que se encontró un abogado.

No existe moción de extensión. No existe excepción por causa justificada. Las cortes han desestimado peticiones presentadas un día tarde de personas con reclamos fuertes, porque la ley no deja nada a la discreción. Que el plazo sea técnicamente "jurisdiccional" o una regla obligatoria de procesamiento tras decisiones recientes de la Corte Suprema cambia poco en la práctica: el gobierno lo invoca, y la corte lo aplica.

Cuándo empieza el reloj

La orden se vuelve final — y el reloj empieza — en la fecha de la decisión de la BIA que desestima la apelación (o, si no hubo apelación, cuando vence la ventana de apelación). La fecha impresa en la decisión de la BIA controla, no el matasellos ni la fecha de recepción. Las decisiones a veces llegan a direcciones viejas o se quedan una semana en la sala de correo de un centro de detención; el reloj corre de todos modos.

Cada orden tiene su propio reloj

Este es el punto que la gente más pasa por alto:

  • La orden de remoción en sí: 30 días desde que la BIA desestima la apelación.
  • La denegación de una moción de reapertura: 30 días separados desde esa denegación.
  • La denegación de una moción de reconsideración: 30 días separados desde esa denegación.
  • Una orden de reinstalación o una orden de remoción administrativa: 30 días desde esa decisión de DHS.

Presentar una moción de reapertura no pausa el plazo para peticionar la orden subyacente. Si tanto la orden como una denegación posterior necesitan revisión, eso significa dos peticiones, que la corte típicamente consolidará.

La disciplina práctica

La única práctica segura es tratar la fecha de la decisión como día cero y presentar bien dentro de la ventana — idealmente en las primeras dos semanas. La petición en sí es un documento corto; presentarla cuesta poco y lo preserva todo. Esperar hasta el día 25 para decidir si pelear no deja margen para una demora de correo, un traslado de detención o la búsqueda de abogado por la familia. La regla de 30 días es donde se pierde más revisión federal que en cualquier otro lugar de esta área del derecho.

Citas Legales

  • 8 U.S.C. § 1252(b)(1) — 30-day deadline to file a petition for review
  • INA § 242 — Judicial review of final removal orders
  • INA § 240(c)(7) — Motions to reopen

Área de práctica

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